
En días pasados el presidente del Consejo del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), Jesús Badillo Lara, dio a conocer que la ley que se aplicará para realizar el plebiscito de la erección del municipio 47 del estado, es la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato.
Esto debido a las diferencias en el contenido (antinomia) en la Ley de Participación Ciudadana y la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, en cuanto al número de personas que deben de solicitar el plebiscito y ante que autoridad se hace la petición.
Ahora a la Asociación Civil, Comunidades Agrarias Unidas Pro Municipio 47 Santa Ana Pacueco “Vicente Guerrero”, le corresponde únicamente señalar cuál será el territorio del futuro municipio, para así tener el número exacto de solicitantes.
Ya que el cuerpo normativo que el propio IEEG señaló que será el aplicable, indica que debe ser solicitado por un 30 por ciento de los habitantes del territorio que se piensa escindir, es decir, la población que de alguna manera tiene un interés directo en que esta parte del municipio sea independiente de la administración de Pénjamo.
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