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Análisis Público | Competencia económica

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El intercambio de bienes y servicios de manera vertiginosa, como inercia misma de la necesidad de los individuos de satisfacer necesidades, –aunque no sé hasta que punto son tan necesarias- y como obvia consecuencia de la estructura del libre mercado, hacen que no muchas empresas lleguen a  acumular gran parte de esa demanda por parte de millones de clientes o usuarios.

Toda esta actividad económica, en algún momento, hace que en el mundo del comercio llegue a existir una competencia no muy respetuosa, ocasionando que los consumidores finales, lleguen a pagar grandes cantidades de su ingreso para obtener un bien o un servicio.

Ejemplo de lo anterior, son las cantidades de dinero que en nuestro país se paga por la prestación de un servicio de telefonía móvil, incluso hasta obtener únicamente un servicio de mediana calidad, como es la programación que ofrecen las grandes televisoras como Televisa y Tv Azteca.

Hoy en día, dentro de estas tantas reformas que se hicieron a nuestra Constitución, también se modificó el esquema que regulaba el tema de la competencia económica, en donde se creó un órgano autónomo al poder ejecutivo, que se llamará Comisión Federal de Competencia Económica.

En este mismo sentido, se remplazó a la Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL), dando pie a un nuevo órgano autónomo que regirá todo lo correspondiente a la industria de radiodifusión y telecomunicaciones que es el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFETEL), que incluye tomar decisiones en temas de competencia económica en esta materia.

Las tareas que tendrán que resolver estos institutos autónomos son de suma importancia, y que nadie a puesto en tela de juicio de la necesidad imperiosa de regular a esos gigantes que han logrado a amasar grandes riquezas por concesiones de recursos de la nación, como un día fue Teléfonos de México (TELMEX) o utilizar el espectro radio eléctrico por donde circulan las señales de televisión y que es explotada en su gran mayoría por las grandes televisoras, así como otras actividades monopólicas registradas en nuestro país.

Por su parte el IFETEL tendrá que aplicar conceptos que se han agregado al texto constitucional como que es un “agente económico preponderante en los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones”.

El criterio para declarar a una empresa agente preponderante, es tomar en cuenta la participación nacional en la prestación de los servicios sí es mayor al 50 por ciento, ya sea el servicio en radiodifusión o en telecomunicaciones. Este porcentaje puede ser por el número de usuarios, suscriptores, audiencia, por el tráfico en sus redes o la capacidad utilizada de estas, es decir, con cualquiera de estos datos que cuente el IFETEL.

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